Un Programa de Integridad es un sistema de reglas, responsabilidades, controles, capacitación y evidencias destinado a prevenir y responder ante conductas contrarias a la probidad. Para un proveedor del Estado no basta con descargar un código de ética: el programa debe ser conocido por sus trabajadores, proporcional a sus riesgos y demostrable durante la licitación y la ejecución contractual.

¿Por qué importa en Mercado Público?
Las entidades compradoras pueden incorporar la integridad en sus bases como requisito, criterio de evaluación o condición de ejecución. Por eso la empresa debe leer cada base y distinguir qué se exige, a quién alcanza y qué evidencia debe presentar.
La Directiva de Contratación Pública N°31/2026 actualizó las orientaciones de ética y buenas prácticas para proveedores. Además de ayudar a competir, un programa aplicado reduce riesgos de conflictos de interés, fraude, regalos impropios y decisiones sin trazabilidad.
¿Qué componentes debe incluir?
El alcance debe ser proporcional al tamaño, actividad y relación de la empresa con organismos públicos.
- Compromiso formal de la dirección y responsable definido
- Código de Ética y Política de Integridad
- Matriz de riesgos éticos y controles
- Reglas sobre conflictos de interés, regalos y relación con funcionarios
- Canal y procedimiento de denuncias
- Capacitación, difusión, registros y revisión periódica
¿Cómo se acredita correctamente?
La mejor evidencia combina documentos personalizados con registros de aplicación. Son especialmente útiles las actas de aprobación, constancias de recepción, nombramientos, comunicaciones internas, resultados de capacitación y certificados verificables.
Un archivo creado el día de la oferta, sin difusión ni registros, puede mostrar existencia documental, pero no necesariamente implementación. La evidencia debe ser coherente en fechas, alcance, razón social y personas capacitadas.
Errores frecuentes
Los errores más habituales son confundir el Programa de Integridad con el Modelo de Prevención de Delitos, copiar políticas ajenas, omitir la capacitación y dejar el sistema sin responsable ni mantención. Ambos modelos pueden coordinarse, pero no son equivalentes.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio para todos los proveedores?
Depende de las bases y del tipo de contratación. Debe revisarse si opera como requisito, criterio evaluable o condición contractual.
¿Un Código de Ética es suficiente?
Generalmente no. Debe existir una estructura de riesgos, controles, responsabilidades, capacitación y evidencia.
¿Puede implementarse en una pyme?
Sí. Debe diseñarse de manera proporcional y operable, sin copiar estructuras pensadas para grandes corporaciones.
Fuentes oficiales consultadas
Esta guía se elaboró con fines informativos y fue revisada el 10 de agosto de 2026. Las obligaciones concretas dependen de la normativa vigente, la actividad de la empresa y las bases de cada contratación.
Directivas de contratación pública - ChileCompraFormato base para Programa de Integridad - ChileCompra¿Necesita pasar de la guía a una implementación demostrable?
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